III
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
IMPROCEDENTE la Medida Cautelar de suspensión de efectos en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano EDUARDO TRUJILLO, actuando en su carácter de Apoderadas Judiciales, de la Sociedad Mercantil SETECSA DE VENEZUELA, S.A, contra la Providencia Administrativa Nº 812 de fecha 28 de julio de 2011, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS AUTONOMOS SAN DIEGO, PARROQUIAS DE SAN BLAS, SAN JOSE, CATEDRAL Y RAFAEL URDANETA DEL ESTADO CARABOBO, relativo a la declaratoria con lugar de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana DULCE MARIA CASTRO, C.I : 14.959.987.
Notifíquese a la parte recurrente de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese.....