En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del el Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Eduardo Antonio Alvarado, Carlos Alberto Burgos, Alcides Rafael Figueredo Sarco, José Luis Figueredo Sarco, Cesar Daniel González Colina, José Isnain Figueredo Sarco, Eudilio Alejandro Acevedo Martínez, Víctor José Galea, Mayibe Coromoto Velásquez Sevilla, Juana Beatriz Acevedo Martínez, José Miguel Ojeda, Aníbal Samuel Figueredo Zapata, Johan José Brizuela Brito, Luis Eduardo Ramírez y Luis Miguel Garcés, titulares de las cédulas de identidad números 8.609.813, 7.139.038, 13.332.423, 13.955.368, 21.479.479, 16.581.829, 11.100.39, 11.348.89, 11.100.08, 8.591.950, 21.029.175, 20.699.747, 25.829.646, 21.213.187.....