DISPOSITIVA DEL FALLO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano, MARIO FRONTADO, contra de la empresa, S.G.S. VENEZUELA S. A, en consecuencia, se ordena a la parte demandada cancelar i a la parte demandante la cantidad de CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SIETE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 5.998.807,oo) mas lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, la cual será realizada por un experto nombrado por el juzgado de ejecución, quien deberá utilizar las tasas del mercado vigente e indicadores establecidos por el Banco Central de Venezuela, según ju.....