Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, constituido en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
COMPETENTE para conocer la acción de amparo Interpuesta por la abogada Marianela Mora Bracho, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 14.133, actuando en su supuesto carácter de apoderada judicial, de la entidad mercantil, VENEZOLANA DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES C.A. VEXIMCA C.A., contra sentencia definitiva dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo sede Puerto Cabello, en fecha 20 de marzo de 2014. Así se establece.
SIN LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la Abogada Marianela Mora Bracho, actuando con el carácter.....