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Decisiones del dia 15/03/2005

Formato:  Ficha  Lista

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N° Expediente : 531-04 N° Sentencia : 31 Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Resolucion De Contrato
Partes:
RANGEL RAMON ESPINOSA MEDINA VS. MARIA ZENAIRA MARTINEZ
Resumen:
DISPOSITVA Por todos los razonamientos ya expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIOCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIBARIANA DE VENZUELA, y por la autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR, la solicitud formulada por el Abg. ARNALDO AVENDAÑO PEREZ, apoderado del ciudadano: RANGEL RAMON ESPINOSA. En consecuencia, Librense los carteles de acuerdo a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil y entréguense al solicitante para su publicación. En lo que respecta a la medida de embargo solicitada, la misma es improcedente, por los razonamientos señalados en la motiva de esta sentencia, así queda establecido. Publíquese, Regístrese y Déjese copia. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIOCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Mariara, a los catorce (14) días del mes de Marzo de 2005. A.....
Juez/Ponente:
Angel Leonardo Ansart
Organo:
Juzgado del Municipio Diego Ibarra
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N° Expediente : GL01.P-2000-000107 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Auto Acordando Traslado
Partes:
RICHARD ALEXANDER VÁSQUEZ MANZANILLA,
Resumen:
este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánica Procesal Penal AUTORIZA el TRASLADO del Penado RICHARD ALEXANDER VASQUEZ MANZANILLA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.301.260, al Internado Judicial de Coro, Estado Falcón. A tal fin líbrese Exhorto al Tribunal de Ejecución del Estado Falcón a los fines de la vigilancia del mencionado Penado en ese Establecimiento Carcelario, e igualmente Remítasele copia certificada de la presente Decisión, así como copias certificadas de la Sentencia del día 14 de Enero de 2003, emanada del Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, y la de la Ejecución de la Sentencia de este Tribunal de fecha 12 de agosto de 2003. Impóngase al penado de la presente decisión
Juez/Ponente:
Nelly Arcaya
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución
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N° Expediente : 19073 N° Sentencia : 19073 Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
ENRIQUE CALLE CALLE VS TURBO SPORT SERVICES C. A
Resumen:
DECISIÓN Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, por Autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela. Declara PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de la parte actora. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa perentoria de fondo de la Prescripción, opuesta por la representante de la parte demanda. En el juicio incoado por el ciudadano ENRIQUE CALLE CALLE, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 81.809.416, representado por la abogado ARELIS ACEVEDO, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 61.756, contra la Sociedad Mercantil TURBO SPORT SERVICES C. A., representado por la abogada ELIA RODRIGUEZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N 40.067. Y ASI SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Yudith Sarmiento
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : GV01-D-2001-164 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo De La Causa
Partes:
FISCAL 23° DEL ESTADO CARABOBO: ABG. AMBAR GUDIÑO. VICTIMA: (IDENTIDAD OMITIDA) IMPUTADA: (IDENTIDAD OMITIDA) DEFENSA: ABG. DALILA HERNANDEZ.
Resumen:
este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda declarar extinguida la acción penal, por prescripción de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y consecuencialmente, se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, de acuerdo a las previsiones del artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable igualmente por remisión del citado artículo 537 de la ley especial que regula la materia. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas y oficios. Remítase en su oportunidad.
Juez/Ponente:
Pedro Moreno
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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N° Expediente : GV01-D-2002-40(3C-1532-02) N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Sobreseimiento Definitivo De La Causa
Partes:
FISCAL 23° DEL ESTADO CARABOBO: ABG. AMBAR GUDIÑO. IMPUTADOS: (IDENTIDAD OMITIDA) DEFENSA: ABG. INGRID DEVERA (PUBLICO)
Resumen:
este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda declarar extinguida la acción penal, por prescripción de la misma, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y consecuencialmente, se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, de acuerdo a las previsiones del artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable igualmente por remisión del citado artículo 537 de la ley especial que regula la materia. Se deja sin efecto la orden de ubicación y captura de los adolescentes. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas y oficios. Remítase en su oportunidad.
Juez/Ponente:
Pedro Moreno
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la sección de Responsabilidad Penal del Adolescente
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N° Expediente : C-26238 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): AIDA MAGALIS Y AIDA NIEVES NUÑEZ
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre suministrará voluntariamente la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (30.000.00) semanalmente, los cuales serán entregados a la madre todos los lunes, en cuanto a la compra de útiles escolares , ropa y zapato, cubrirá el padre aparte los TREINTA MIL BOLIVARES semanales. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica de Protección.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-26237 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
SIN NACER
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre suministrará voluntariamente la cantidad de NOVENTA MIL BOLIVARES (90.000.00) semanalmente, a partir del nacimiento de mi hijo, mediante recibo firmado la cantidad de VEINTIDOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (22.500.000) semanales y asumo el 50% de gastos médicos y pañales. En relación al mes de Diciembre me comprometo a comprar ropa y juguete propios del mes. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y po.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-26236 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): CARLOS EDUARDO GARCIA MENDOZA
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre suministrará voluntariamente la cantidad de OCHENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (84.000.00) quincenales, es decir VENTIUN MIL BOLIVRES (21.000.00) Semanal que entregare personalmente a la madre con acuse de recibo. Igualmente el padre se obliga a cubrir la totalidad de los gastos del niño, es decir gastos médicos, medicinas, uniformes y útiles escolares, ropa y calzado. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Vene.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-26235 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): JOSE ARMANDO Y MIGUEL EDUARDO MORENO HERRERA
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre suministrará voluntariamente la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (50.000.00) quincenales, es decir CIEN MIL BOLIVRES (100.000.00) Mensuales que equivale al 34% del salario, cifra que será incrementada en la medida en que se incremente el salario, los cuales depositare en una cuenta de ahorro abierta para tal fin en el Banco Fondo Común. Igualmente ofrezco pagar la totalidad de los gastos escolares cuando se requiera tales como uniformes, calzado, listas escolares. De la misma forma en el mes de diciembre me obligo a pagar el 50% de los gastos de zapatos ropa. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y de.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : C-26234 N° Sentencia : Fecha: 15/03/2005
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
NIÑO(A)(S) Y/O ADOLESCENTE(S): VICTORIA GABRIELA DAVILA CASTELLANOS
Resumen:
SEGUNDO: Vista la manifestación de voluntad y aceptada por ambas partes, ya identificadas, donde expresan y aceptan la conciliación en los siguientes términos: El padre suministrará voluntariamente la cantidad de DOSCIENTOS DOS MIL BOLIVARES (202.000.00) Mensuales, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorro N° 0151003540600-193243-0 del Banco Universal Central. Igualmente ofrezco pagar el 50% de los gastos extraordinarios tales como uniformes, útiles, ropa, medicinas y otros. Se verifica que se encuentran cumplidos los requisitos de eficacia, validez y suficiencia de la conciliación, aunado al hecho que no es contraria al interés superior del niño, y por ende es procedente la homologación de la misma. Y así se declara y decide. Por virtud de las anteriores consideraciones, esta Sala de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad.....
Juez/Ponente:
Carla Solyan Vásquez Borges
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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