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Decisiones del dia 14/01/2009 |
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N° Expediente :
O.A.375-05
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N° Sentencia :
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Fecha: 14/01/2009 |
Procedimiento: Perención |
Partes: RUGGIERO SUPPA CORCELLA |
Resumen:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara EL DECAIMIENTO O ABANDONO DE TRAMITE, en la solicitud interpuesta por el ciudadano RUGGIERO SUPPA CORCELLA, anteriormente identificado, por JUSTIFICATIVO JUDICIAL SOBRE VEHICULO.
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Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
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N° Expediente :
12.180
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N° Sentencia :
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Fecha: 14/01/2009 |
Procedimiento: Acción De Amparo Constitucional |
Partes: ADOLFO JOSÉ MORILLO MORALES VS. COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO. |
Resumen:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior, actuando en la competencia constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional interpuesta por las abogadas ANA L. VILLAMEDIANA CRUZ y MERY I. ANGARITA FALCON, con carácter de apoderadas judiciales del ciudadano ADOLFO JOSE MORILLO MORALES, identificados anteriormente, contra la COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO, de conformidad a lo establecido en el artículo 6, ordinal 5, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
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Juez/Ponente:
Oscar León Uzcategui
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Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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N° Expediente :
12.200
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N° Sentencia :
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Fecha: 14/01/2009 |
Procedimiento: Acción De Amparo Constitucional |
Partes: TEODORO PARRA VS. CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PEÑA, ESTADO YARACUY. |
Resumen:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior, actuando en la competencia constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional interpuesta el ciudadano TEODORO PARRA, cédula de identidad V-3.861.500, con carácter de Concejal del Municipio Peña, Estado Yaracuy, asistido por el abogado LUIS RAMON REYES, Inpreabogado Nº 37.472, contra el Concejo Municipal del Municipio Peña, Estado Yaracuy, de conformidad a lo establecido en el artículo 6, cardinal 5, de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales
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Juez/Ponente:
Oscar León Uzcategui
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Organo:
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
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