Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE SOBREVENIDAMENTE para conocer el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano ANGEL RAMON COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.385.116, asistido por la abogada CELENE ALFONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.475.130, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 17.627, contra la providencia administrativa Nro. 234, emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS, CARLOS ARVELO, BEJUMA, MONTALBÁN y MIRANDA DEL ESTADO CARABOBO, de fecha 16 de marzo de 2.004, relacionada con el Expediente Nro. 1558-03.
2. En consecuencia, se DECLINA la competencia ante los Juzgados de Pri.....