Por los señalamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Segundo de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, atendiendo a las previsiones del artículo 318 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano IRWIN RAUL PUCCI ESPIN, natural de caracas, de 39 años de edad, fecha de nacimiento 15-03-1971, estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.348.711, profesión u oficio Militar Efectivo, hijo de Raul Pucci y Inés Espin de Pucci, domiciliado San Diego, Residencia Poblado de San Diego, edificio 27, apartamento 27-23, avenida Julio Centeno, frente a la urbanización la Esmeralda, teléfono: 0416-6840170, porque a pesar de la falta de certeza, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente e.....