En virtud de la anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano DEMOSTENEZ EMANUEL BLANCO PEREZ, identificado con la Cedula de Identidad N° 7.278.887 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 26.947, actuando como representante de la Sociedad de Comercio SERVIDIAL C.A., domiciliada en la ciudad de Valencia, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo de fecha 28 de marzo del 1995 quedando registrada bajo el numero 31, Tomo 22-A, interpuso recurso de nulidad en contra el acto administrativo emanado, INSPECTORIA DE TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS AUTONOMO DE VALENCIA, LIBERTADOR, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, LOS GUAYOS, CARLOS ARVELO, BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DEL ESTADO CARABOBO RESOLUCIÓN N° 92 DE FECHA 26 DE MARZO DE 2003, y en c.....