y en consecuencia, se ordena, al ciudadano Wilman Cedeño, titular de la cédula de identidad Nº 7.048.292, en su condición de Presidente de dicho sindicato, a los directivos y demás miembros del mismo:
1. Abstenerse, DE MANERA INMEDIATA, de obstaculizar de cualquier forma, en la Planta General Motors Venezolana de GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A. en la Av. General Motors, Zona Industrial II General Motors Venezolana, C.A., la salida y entrada de personal y trabajadores de dicha planta, así como de sus bienes y vehículos y en general, de cualesquiera otras personas que deseen entrar o salir de las instalaciones de la Planta.
2. Abstenerse, DE MANERA INMEDIATA, de realizar cualesquiera otros actos o conductas de efectos similar que puedan afectar, perturbar, limitar o impedir directamente o indirectamente el desarrollo y pleno goce del derecho constitucional al trabajo de los accionantes, consagrado en el artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
De.....