En fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Primero: DECLARA SIN LUGAR el presente recurso, interpuesto por el Abg. Alexander Liendo, Defensor Privado de la ciudadana BLANCO HIDALGO LIBNI ORIANA, contra la decisión de fecha 21-11-2012 y debidamente motivada en fecha 22-11-2012, dictada por el Tribunal Tercero en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual admitió en su totalidad los medios de pruebas presentados por el Ministerio Publico, Segundo: confirma en todas y cada una de sus partes la decisión recurrida.