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Decisiones del dia 08/03/2005 |
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N° Expediente :
GH01-L-2003-132
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N° Sentencia :
GH022005000071
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Fecha: 08/03/2005 |
Procedimiento: Daño Moral |
Partes: CARLOS SARMIENTO EN CONTRA DE GOODYEAR DE VENEZUELA |
Resumen:
DISPOSITIVO DEL FALLO
En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la acción por DAÑO MORAL que incoada el ciudadano CARLOS ANTONIO SARMIENTO contra de GOODYEAR DE VENEZUELA, C.A.
Visto el salario acreditado al folio 10, de este expediente, y de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se exime de costas a la parte totalmente vencida.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los OCHO (08) días del mes de MARZO del año Dos Mil Cinco (2005).
LA JUEZ,
DIANA PARES DE SERAPIGLIA.
LA SECRETARIA
FARIDY SUAREZ COLMENARES .....
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Juez/Ponente:
Diana Pares
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente :
GP02-L-2004-1247.
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N° Sentencia :
GH022005000070
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Fecha: 08/03/2005 |
Procedimiento: Cobro De Pretaciones Sociales |
Partes: CARLOS ALFONZO DIAZ EN CONTRA DE SERENOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, C.A (SERINCO). |
Resumen:
DISPOSITIVO DEL FALLO
Con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda incoada por CARLO ALFONZO COLINA DIAZ, titular de la cédula de la identidad N° 12.037.962, en contra de la SERENOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, C.A (SERINCO), en consecuencia, condena a la demandada a cancelar a la actora las cantidad de BOLIVARES CINCO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO CON DOCE CENTIMOS (BS. BS. 5.699.578,12), discriminados de la siguiente manera:
Se ordena experticia complementaria del fallo para que un único experto designado por el Juzgado de ejecución, calcule:
Los intereses de las prestaciones sociales (a tasa activa por no haberse
Hecho los depósitos en la oportunidad de ley) respecto de la cantidad.....
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Juez/Ponente:
Diana Pares
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Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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