Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Inadmisible la pretensión por Prescripción Adquisitiva presentada por la ciudadana Santiaga López, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° v-2.780.749, y de este domicilio, asistida por el abogado Alirio José Ruiz, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° v-7.093.545, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 86.293, contra los Herederos del difunto Miguel Angel Aponte Loponte, quien fue venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° 400.535.
Dada sellada y firmada en la Sala de Despacho de este Tribunal Segundo de Primera Instancia, en Puerto Cabello a los siete (7) días del mes de julio de 2010, siendo las 11:00 de la mañana. Años: 200° de la Independencia y 151° de la federación......