Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 13 de junio de 2007, el apoderado judicial del intimado, abogado RAFAEL HIDALGO SOLA, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 21 de marzo de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: CON LUGAR el derecho al cobro de honorarios profesionales solicitado por la abogada ERUS CASTILLO LINARES, contra el ciudadano NOEL CORDERO SANCHEZ, determinándose como límite máximo por la cual pueda ser condenado por el Tribunal Retasador la cantidad de CIENTO OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 183.390,00). TERCERO: CON LU.....