Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE SOBREVENIDAMENTE para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados CLAUDIA CASAL WADSKIER, SOLANGEL QUINTERO y EDGAR JIMÉNEZ SALVATIERRA, titulares de la cédula de identidad Nº V-7.093.286, V-3.743.812 y V-3.918.597, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado Bajo los Nº 41.658, 12.027 y 22.404, respectivamente, actuando con carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil PRODUCTOS LA FINA, C.A., contra el Acto Administrativo, Boleta de Inscripción Nº 0365, de fecha 24 de febrero de 2.006, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO COJEDES.
2. En consecuencia, se DECLINA la competencia ante los Juzgados de Primera Instancia de Juicio d.....