"...este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA MEDIDA PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR. Sobre un inmueble constituido por una Casa Quinta ubicada en la urbanización Lomas del Este, calle San Gabriel, parcela Nº 29, casa Nº 112-21, Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo y comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Que es su frente, en veinticinco Metros (25,00 Mts.) con calle San Gabriel de la urbanización; SUR: Con la parcela Nº 33, en veinticinco Metros (25,00 Mts.); ESTE: Con la parcela Nº 33, en veinticinco Metros (25,00 Mts.) y OESTE: Con la parcela Nº 33, en veinticinco Metros (25,00 Mts.), según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria del Segundo Circuito del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en fecha 02 de septiembre d.....