Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
1. PROCEDENTE el amparo constitucional cautelar interpuesto por el la abogada NEYLE TORRES SEIDEL, cédula de identidad V-10.101.932, inscrito en el Inpreabogado Nro. 58.182, con carácter de apoderada judicial de ANRUSS MILENIUN, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 23 marzo 2004, Nro. 8, Tomo 15-A. En consecuencia,
2. SE ORDENA la suspensión de los efectos de la providencia administrativa Nro. 1268, dictada el 18 julio 2007, por la Inspectoría del Trabajo Cesar "Pipo" Arteaga de los Municipios Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua, Carlos Arvelo, Bejuma, Montalbán y Miranda del Estado Carabobo, por la cual se declaró con lugar la propuesta de Sanción interpuest.....