Por todo lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Lisbet Ysolina Arteaga Acosta contra el ciudadano Andrés Antonio Medrano Aponte, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.101.958 y V-7.142.748 respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y que fuera contraído en fecha 03/03/1994, por ante el Registro Civil del municipio José Laurencio Silva Estado Falcón, tal como consta en acta asentada bajo el No. 09, año 1994.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencias, sistematizado en formato de PD.....