Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánica Procesal Penal AUTORIZA el TRASLADO del penado RAIMON ALEXIS GONZÁLEZ COLINA, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.492.639, al Internado Judicial de Tocorón, Estado Aragua, con las seguridades que el caso amerita. A tal fin Remítasele copia certificada de la presente Decisión, al Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua