DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la parte demandante ciudadano JOSE GREGORIO SULVARAN, titular de la cedula de identidad Nº v- 9.504.300, contra las empresas codemandadas FERTIVEN OPERACIONES C.A y PETROQUIMICA DE VENEZUELA S.A. En consecuencia, se ordena a la parte codemandada FERTIVEN OPERACIONES C.A, pagar a la parte accionante, la cantidad total de DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON VEINTINUEVE CENTIMOS (BS.12.964, 29).
Finalmente, en el entendido que de acuerdo con el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para el caso de una ejecución forzosa se solicitará ante el juez de sustanciación, mediación y ejecución o éste de oficio ordenará experticia complementaria del fallo para calc.....