DISPOSITIVO DEL FALLO
Por las razones expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA que se tiene por admitida la estimación de honorarios profesionales hecha por la abogada intimante LISBETH GUTIÉRREZ PIÑA, incoada contra el intimado BRASILINDA C.A., EN CONSECUENCIA SE CONDENA A LA DEMANDADA A PAGAR A LA INTIMANTE LA CANTIDAD DE Bs.6.600.000,00, por concepto de honorarios profesionales originados con motivo de las actuaciones profesionales realizadas por la intimante (y discriminadas pormenorizadamente en la demanda de intimación y estimación) en la causa 17.010 llevada por el suprimido Juzgado Segundo de Primera Instancia, posteriormente denominado, Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución del Trabajo del Regimen Transitorio del Estado Carabobo.- Así se deja esta.....