Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Alejandro Oviedo Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.897.970, asistido por abogado Alny Cumare, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 308.342.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía a la ciudadana Ann Elizabeth Aparicio Zuleta, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.715.645, y que fuera contraído en fecha 22 de marzo de 2012, por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Luci, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como consta en acta asentada bajo e.....