DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 243, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado: FRANKLIN LEONARDO DIAZ ACOSTA, quien es Venezolano, natural de Valencia, Estado Carabobo, nacido en fecha 10-11-1982, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.426.049, de profesión u oficio Comerciante, hijo Migdalia Acosta e Hipólito José Díaz, domiciliado Barrio El Carmen, calle Cedeño, casa # 4, Sector Panecito, Güigüe, Municipio Carlos Arvelo, estado Carabobo.
Se ordena proseguir la investigación mediante el procedimiento ordinario.
Se ordena la destrucción de las sustancias ilícitas incautadas, designándose como experto a la Dra. Marauri Pe.....