Vista la solicitud presentada por la ciudadana: NANCY VICTORIA DIAZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.024.951, asistida por la Abogada DENNYS YANETH REYES DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.567, donde solicita se le decrete TITULO SUPLETORIO sobre las Bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifica en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un terreno ejido ubicado en la Avenida Bolívar entre Calle Agustín Betancourt y Ezequiel Gonzalez Sector Bejumita, Manzana 01, bajo el Nro. 20-72 del Municipio Bejuma del Estado Carabobo, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho .....