Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la Demanda de Divorcio presentada por el Ciudadano, FREDDY ANDRES CAMPOS OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.319.220, número telefónico: 0424-4282239, de este domicilio, asistido en este acto por el abogado JOHN FRANCO GAMEZ DAVID, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 290-175, funcionario adscrito al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, contra la ciudadana MAYRA ELIZABETH APONTE VENERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-15.998.274, de conformidad con el Artículo 185-A del Código Civil, y en concordancia con las Sentencias N° 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, eman.....