Vista la solicitud presentada. Cumplidas como se encuentran las formalidades legales exigidas, así como los trámites y sustanciaciones ordenadas en el auto de admisión; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como:
UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor del ciudadano Elvis Francisco Dumont Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 14.536.823, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, tal como consta de autorización de fecha 10 de Abril de 2023 (folio 05), emitida por la Sindica Procuradora Municipal del Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, ubicado en La Comunidad de Morillo 3era Transversal, inmueble No. 48-B, Parroquia Juan José Flores, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, con una superficie de SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS DECIMETROS (69,36 Mts2), co.....