DECISIÓN
En consecuencia, el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Admite en su totalidad la acusación presentada por la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público contra del ciudadano: ciudadano RAMON EDUARDO RODRIGUEZ, quien es Nacido en Machiques, Estado Zulia, 42 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.356.159, soltero, profesión u oficio Obrero, hijo Eloy Manuel Rodríguez y Beatriz Serrano, grado de instrucción 4to. grado, con domicilio en las Lomas Bolivariana, Terraza F, casa Nº 08, Valencia estado Carabobo; teléfono: 0416-1461044. . Segundo: Se admiten todas y cada una de las pruebas presentada por el Ministerio Público en su escrito acusatorio, por ser las mismas útiles, legales y pertinentes. Tercero: Se DECLARA CON LUGAR la Suspensión Condicional del Pro.....