En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el Ciudadano ALEXANDER OJEDA ANDRADE contra las Sociedades de Comercio "PRODUCTOS DE AVENA PROAVENA" C,A. Y "PEPSI ?COLA" , C.A. Se ordena a éstas a pagar los montos y conceptos señaladas, más lo que resulte de las experticias complementarias del fallo ordenada, una vez deducida del monto total la cantidad recibida de Bs. 11.965.124,68.
PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el actor.
PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación interpuesta por las codemandas.
Queda en estos términos MODIFICADA la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, de fecha 10 de Noviembre del año 2005.