Este EL TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara lo siguiente:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Cuestión Previa contenida y disciplinada en el Ordinal 6° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el abogado GUILLERMO LICON GARZARO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 102.483, en su carácter de apoderado de los demandados, ciudadanos HOLMAN FRANCISCO MON FORERO y FRELLA YADIRA NAVARRO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°V-9.645.176 y V-7.247.065 contra la demandante, ciudadana VALERIA FRANCESCA SALERNO FAZIO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V- 19.641.569, representada por el abogado ANDDY ASDRUVAL NIEVES, inscrito en el I.P......