Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por los ciudadanos DEIVE KERVIN GARCIA GUERRA Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-16.879.889 y la ciudadana MILAGROS LA CRUZ ESPINOZA RONDON Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 10.807.092, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha 15 de Julio del 2010, cuando contrajeron matrimonio ante el Registro Civil de la Parroquia Antimano, del Municipio Libertador, del Distrito Capital según. Así se Decide.