CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: JUDITH ISABEL BAUTISTA DE RUIZ y AUGUSTO RAFAEL RUIZ NIEVES, venezolanos, mayores de edad, jurídicamente capaces, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-10.247.560 y V-7.167.557, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Mary Moraima Ochoa, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 218.654, de este domicilio.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y que fuera contraído en fecha 13 de Diciembre de 1985, por ante por ante la autoridad civil de la Parroquia Juan José Flores, de.....