Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana Isabel Mercedes Agudo Escalona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.036.509, asistida por el abogado Luis Alfredo Figueredo Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 151.927.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que la unía al ciudadano Yoel José Gómez Vargas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.348.451, y que fuera contraído en fecha 16 de octubre de 1987, por ante el Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador, Estado Carabobo, tal como consta en.....