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Decisiones del dia 22/07/2016 |
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N° Expediente :
GP31-S-2016-000381.
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N° Sentencia :
PJ0062016000136
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Fecha: 22/07/2016 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: SOLICITANTE: ESPERANZA JARAMILLO DE QUINTANA. ABOGADO ASISTENTE: JOSE TOVAR RAMON OJEDA. |
Resumen:
El Decreto de Titulo Supletorio sobre las bienhechurias que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejan a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Expídase por secretaria copias debidamente certificadas del presente auto resolutorio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Tal como se pidió. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CUMPLASE.-
LA JUEZA TITULAR,
Abg. ALICIA MARÍA TORRES HERNÁNDEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. AISSES MARGARITA SALAZAR CARVETTTE.
En la misma fecha se devuelve en original estas actuaciones a la parte interesada, previa certificación de las actuaciones que conforman la presente solicitud.
LA SECRETARIA,
Abg. AISSES MARGARITA SALAZAR CARVETTTE.
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Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
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Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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