DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos, WILMER AQUILES UGARTE, RICHARD MAITA ASTUDILLO y JUVENAL ARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.608.566, 10.249.806 y 12.423.899, respectivamente, contra la SOCIEDAD MERCANTIL ASAP SERVICIOS, C.A, POR COBRO DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES. Además deberá cancelar la parte demandada a la parte actora lo que resulte de experticia complementaria que se ordena a tal efecto en relación a los intereses de mora y a la corrección monetaria respectivamente, la cual es ordenada al efecto por este Tribunal, y practicada por un experto nomb.....