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Decisiones del dia 22/02/2011 |
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N° Expediente :
251-10
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N° Sentencia :
1
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Fecha: 22/02/2011 |
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil) |
Partes: SOLICITANTES: MIGUEL EDUARDO REYES OLIVEROS Y JOSEFA YASMIN D´ARMAS CONTRERAS ABOGADA ASISTENTE: CAROLA ELENA PIFANO FRANCESCHI |
Resumen:
Este Tribunal, una vez revisada la solicitud y analizados los recaudos presentados y los dichos de los Ciudadano MIGUEL EDUARDO REYES OLIVEROS y JOSEFA YASMIN D´ARMAS CONTRERAS, observa que consideran cumplidos los supuesto y requisitos de 185-A, textualmente citado en el párrafo anterior, por lo que cumple los requisitos de procedencia de la presente solicitud.
Este Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de divorcio, formulada por los Ciudadanos MIGUEL EDUARDO REYES OLIVEROS y JOSEFA YASMIN D´ARMAS CONTRERAS, identificados suficientemente en autos y en
consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 01 de Septiembre 1988, fecha en la cual contrajeron Matrimonio Civil por ante la Oficina del Reg.....
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Juez/Ponente:
Jose Luis Arocha Colmenarez
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Organo:
Juzgado del Municipio Montalban
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N° Expediente :
13.039
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N° Sentencia :
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Fecha: 22/02/2011 |
Procedimiento: Accion Mero Declarativa |
Partes: ANTMAR ESTEFANÍA RIVAS DE ORMO CONTRA NUTRICIÓN TÉCNICA NUTRITEC C.A. |
Resumen:
PRIMERO: LA NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 23 de noviembre de 2010, por el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró inadmisible la acción mero declarativa propuesta por la parte demandante y declaró citado al tercero interesado, Luis Carlos Ormo Sarasa, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil Nutrición Técnica Nutritec, C.A., para que comparezca al segundo (2) día de despacho para exponer lo que crea conducente; SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado en que el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, resuelva en forma incidental y en única instancia la cuestión previa, contenida en el ordinal 8º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la existencia de una cuestión prejudicial. No hay condena en costas dada la naturaleza del present.....
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Juez/Ponente:
Juan Antonio Mostafa Perez
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
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N° Expediente :
2011-970
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N° Sentencia :
2011-025
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Fecha: 22/02/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: JULIO CESAR PIGORINI CABRERA |
Resumen:
Cumplidas las formalidades exigidas para la evacuación de la presente solicitud, no compareció persona alguna a realizar oposición, por lo tanto, analizados como han sido los recaudos presentados, las actuaciones promovidas por la solicitante, así como los testigos, este Tribunal Segundo de Municipio del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve declarar suficiente las probanzas evacuadas para acreditarle al ciudadano Julio Cesar Pigorini Cabrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 8.611.472, de este domicilio, el derecho de propiedad sobre las bienhechurías descritas en la presente solicitud, construidas en terreno de su propiedad. Se deja a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
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Juez/Ponente:
Marisol Hidalgo
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Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Puerto Cabello
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N° Expediente :
2011-966
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N° Sentencia :
2011-024
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Fecha: 22/02/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: ENTIDAD MERCANTIL MOVIMIENTOS Y MAQUINARIAS MAR AZUL, C.A. |
Resumen:
Cumplidas las formalidades exigidas para la evacuación de la presente solicitud, no compareció persona alguna a realizar oposición, por lo tanto, analizados como han sido los recaudos presentados, las actuaciones promovidas por la solicitante, así como los testigos, este Tribunal Segundo de Municipio del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve declarar suficiente las probanzas evacuadas para acreditarle a la entidad mercantil Movimientos y Maquinarias Mar Azul, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, No. 66, tomo 344-A, de fecha 02 de junio de 2008, el derecho de propiedad sobre las bienhechurías descritas en la presente solicitud, construidas en terreno de su propiedad. Se deja a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Có.....
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Juez/Ponente:
Marisol Hidalgo
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Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Puerto Cabello
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