CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: DAISY YADIRA PULIDO SANCHEZ y JOSE CARLOS PEREZ ASUAJE, venezolanos, mayores de edad, jurídicamente capaces, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-8.904.952 y V-3.896.412, respectivamente, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo los números 188.365 y 188.210, respectivamente, de este domicilio, actuando en sus propios nombres y representación.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los une y que fuera contraído en fecha 05 de agosto de 1999, por ante el Registro Civil de la .....