-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho RESUELVE: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana ANA YOLANDA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.871.026, la posesión y demás derechos sobre las bienhechurías construidas, en una porción de TERRENO ejido, con un área de terreno de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (159,00 Mts2), ubicado en la BARRERA SUR, AV. PRINCIPAL BARRERA SUR, CASA N° 22-03, PARROQUIA INDEPENDENCIA, MUNICIPIO LIBERTADOR, ESTADO CARABOBO, dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimie.....