III. DECISIÓN
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la demanda por Querella Interdictal por Despojo, intentado por el ciudadano Rafael Jesús Santos Visconti contra los ciudadanos Eligia Escalona y Pedro Enrique Escalona, identificados en autos.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante, dada la naturaleza de este fallo.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los diecinueve (19) días del mes de junio del año dos mil nueve (2009). 199º de la Independencia y 150º de la Federación.