Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.PRIMERO: PROCEDENTE LA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO sobre los Vehículos que a continuación se discrimina: 1.- Marca: CHEVROLET, Modelo: NPR, Año: 2007, Clase: CAMION, Tipo: FURGON, Color: BLANCO, Uso: CARGA, Placa: A01AB0P, Serial de Motor: 37V338105, Serial de Carrocería: 8ZCCNJ6L37V338105, según consta de Certificado de Registro de Vehículo Nro. 140100791042, con Código de Barras 8ZCCNJ6L37V338105-2-1, y Nro de Autorización 0216ZG444900, de fecha veintiuno (21) de noviembre de 2014. 2.- Marca: CHERY, Modelo: ARAUCA, Año: 2013, Clase: AUTOMOVIL, Tipo: HATCH BACK, Color: GRIS, Uso: PARTICULAR, Placa: AM317PA, Serial de Motor: SQR473FAFDG00452, Serial de Carrocería: N/A, Serial N.I.V: 8X7F1B111DD013502, según consta de Certificado d.....