DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano SIMON VICENTE AMADOR ya identificado, contra la entidad mercantil VOPAK VENEZUELA S.A. Y así se decide.
En consecuencia se ordena a la parte demandada pagar a la parte accionante, la cantidad de VEINTISIETE MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS, (Bs. 27.189,50), además lo que resulte de experticia complementaria que se ordena a tal efecto en relación al concepto de "incidencia del pago de retroactivo del bono vacacional o bono único nº 1"; en el pago de las prestaciones sociales y de las utilidades recibidas por el ex trabajador; los intereses de mor.....