REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 18 de Octubre de 2016
206º y 157º
Hecha la revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto, se observa que riela inserta a los folios 36 al 40 y vueltos, Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva dictada por este Juzgado Agrario el 30/09/2016, en la cual se declaró SIN LUGAR la solicitud de Medida de Protección a la Actividad Agroproductiva; y por cuanto en contra de la mencionada decisión no se intentó recurso de apelación, este Tribunal Especial Agrario se declara definitivamente firme. Asimismo, se ordena su cierre y su remisión al archivo judicial del estado Carabobo, en la oportunidad legal correspondiente.
El Juez
ABOG. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria Accidental
ABG. MARIANGEL MENDOZA
EXP. Nº JAP-320-2016
JGRG/MMG/d.....