Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Antonio Javier Quero López, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.586.471, asistido por la abogada Yanilde Denisse Muñoz López, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 156.220.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía a la ciudadana Mildre Yackelin Watter, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.770.355, y que fuera contraído en fecha 10 de febrero de 2000, por ante el Concejo Municipal (Registro Civil) del Municipio Tocópero, Estado Falcón, tal como consta en acta as.....