En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por el ciudadano GERSON HELI HERRERA NADALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.753.905 y de este domicilio, asistido por la abogada LOREIXYS MERCEDES CAMEJO APONTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 216.082, contra la ciudadana RAIZA JOSEFINA ARTEAGA GUANIPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.809.880. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha en fecha 30 de junio de 1995, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio los Guayos del Estado Carabobo, según .....