´ Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano José Gregorio Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.366.491, asistido por el abogado Modesto López, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 189.766.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía a la ciudadana Marlene Beatriz Montero Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.596.984, y que fuera contraído en fecha 30 de septiembre de 2000, por ante el Registro Civil de la Parroquia Democracia, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, tal como consta.....