III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos Arvelo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA la partición formulada por los ciudadanos ELIS RAMÓN MENDEZ BRACHO Y ODILIA BENÍTEZ DE ESCOBAR. SEGUNDO: Se declara la partición de los bienes en los siguientes términos: A la ciudadana ODILIA BENÍTEZ DE ESCOBAR le corresponde en su totalidad: a) Un local distintivo es B-41, con un puesto de estacionamiento, tiene un área 32.30 Metros Cuadrados, y sus linderos son Norte: Pasillo en medio y Calle Carabobo, Sur: Mezanina local A-95, Este: Con local B-40, Oeste: Local B-42, ubicado en la siguiente dirección: Centro Comercial Victoria Center- Segunda Etapa. Nivel Mezanina Local B-41, La Victoria Estado Aragua, Registrado En Distrito Ricaurte Estado Aragua La Victoria, N° de registro: 28, li.....