Este Tribunal Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al Ciudadano ROBERTO JOSE FLORES, antes identificado, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales: 3°, 6° Y 7º; tales como numeral 3: Presentación por ante la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal cada Quince (15) días; numeral 6: Prohibición de acercarse a la víctima ciudadana CRICEIDA MARIA BRACHO MENDEZ; Y numeral 7: El abandono inmediato del hogar. Asimismo se acuerda seguir el procedimiento por vía ordinaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.