dejándose expresa constancia de la incomparecencia del actora de autos ciudadana AIDA SEVILLA, titular de la cédula de identidad No. V- 7.073.480, ni por sí, ni por medio de representante o apoderado judicial alguno; ASI COMO TAMBIEN SE DEJA CONSTANCIA QUE POR LA PARTE DEMANDADA empresa VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA VESEVICA, C.A, se hizo presente la abogada BEATRICE NORIS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 128.191, quien consignó copia de instrumento poder previa confrontación con su original. Vista la incomparecencia de la parte actora a la celebración de la primigenia audiencia preliminar, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo profiere el dispositivo en forma oral el cuál se refleja en la presente acta, mediante el cual se declara el desistimiento del procedimiento y en consecuencia la extinción de la instancia. SE DEJA CONSTANCIA A SOLICITUD Y REQUERIMIENTO DE QUE SE HIZO PRESENTE LA ABOGADA MARÍA AN.....