REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 16 de Diciembre de 2013
203º y 154º
Vista la diligencia del 13/12/13, suscrita por el Abogado Héctor Maduro, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.448.602, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo en Nº 31.042, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YOVANA MARIA JIMENEZ DE OLLARVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.860.237, y de este domicilio; éste Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se ordena devolver las resultas de la Inspección Judicial, constante de cincuenta y ocho (58) folios útiles de la presente solicitud, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos, tal como lo establece el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Jueza,
Abg. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ.....