En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana MARYURIS BLANCA MARTINEZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.925.554, y de este domicilio, asistida por la abogada SOLEIDI VILLASANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 269.935, contra el ciudadano RAFAEL ANTONIO CORNIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.686.679. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 27 de febrero del año 1992, por ante el Registro Civil de la Parroquia Belén, Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, según acta d.....