Por todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Braulio Miguel López Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.264.634, asistido por el abogado Howard José Reyes Colina, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 266.649.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía a la ciudadana Yusmeli Josefina Severiche Robles, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.108.844, y que fuera contraído en fecha 26 de agosto de 1994, por ante el Registro Civil del Municipio Veroes, Estado Yaracuy, tal como consta en acta asentada bajo e.....